sábado, 4 mayo, 2024

Todo lo que hay que saber sobre la continuidad de subsidios a la luz y los cambios de montos

El Gobierno nacional convocó a una audiencia pública a fin de redeterminar la estructura de subsidios de luz y gas en todo el país. Mientras ello se define, está vigente y disponible para nuevas incorporaciones el Registro de Acceso a los Subsidios de Energía, más conocido como Rase.

Con ello, mientras la Nación decide resolver qué hacer con los subsidios elevó en función de la inflación el tope de ingresos para ser beneficiarios. De esta manera quienes perciban ingresos en el grupo familiar por debajo de los $1.700.000 podrán solicitarlos, tras fijarse además un nuevo incremento promedio del 100% para la tarifa eléctrica que rige en forma retroactiva para los consumos que tuvieron lugar desde febrero y que estará vigente hasta abril.

De esta manera, el nuevo tope para recibir ayuda estatal, se dio a conocer tras el reciente aumento para la tarifa de electricidad que pagarán en su totalidad –sin subsidios- los usuarios N1, de mayores ingresos (hasta 3,5 veces la canasta básica) o los que renunciaron a los subsidios. De esta manera, una familia con ingresos mayores a los $1.700.000 no podrá pedir subsidios a los consumos de servicios públicos.

Así el núcleo familiar que tiene ingresos menores a ese monto podrá renovar el pedido de subsidios a la luz y gas por redes, este último es un beneficio que no cuenta provincias como Misiones. No obstante, cuando se revise el sistema de subsidio para la energía eléctrica, también se incluirían para los que tienen el servicio de gas con y sin redes (garrafas).

Los que por ahora conservan subsidios
En cuanto a los que podrán solicitar para mantener o requerir subsidios por primera vez, son los usuarios catalogados como Nivel 2 o segmento de menores ingresos o usuarios catalogados como Nivel 3 o segmento de ingresos medios.

Ingresos altos o N1
A continuación los tres niveles de segmentación de tarifas: Segmento de ingresos altos o N1, es decir que no recibirán subsidios son los hogares que declaran reunir algunas de las siguientes condiciones: Ingresos mensuales totales del hogar equivalentes o superiores a $1.735.294,11 (3,5 canastas básicas para un hogar tipo 2 según el Indec) a excepción de algunas provincias con niveles de vida más elevados como Chubut, La Pampa, Neuquén, entre otros. Tener tres o más vehículos con una antigüedad menor a 5 años o tres o más inmuebles. Contar con una embarcación, una aeronave de lujo o ser titular de activos societarios

Ingresos medios o N3
Lo que quedan incluidos en el segmento de ingresos medios o N3, son aquellos hogares con ingresos mensuales totales entre $495.798,32 y $1.735.294,11 (entre 1 y 3,5 canastas básicas). Están exceptuados hogares con un conviviente con Certificado Único de Discapacidad (CUD), los ingresos mensuales totales para formar parte de este segmento pueden variar entre $743.697,48 y $1.735.294,11 y se contempla, tener hasta dos inmuebles o poseer hasta un vehículo con menos de 3 años de antigüedad, con excepción de los hogares con un conviviente con Certificado Único de Discapacidad (CUD), en ese caso contempla que puedan poseer hasta un vehículo con menos de tres años de antigüedad para formar parte del segmento de ingresos medios.

Menores ingresos o N2
Los que también seguirán recibiendo subsidios en luz o gas son los que están dentro del segmento de menores ingresos o N2. Son aquellos hogares con ingresos netos menores a $495.798,32 (es decir una canasta básica total). Se exceptúan los hogares con un conviviente con CUD, los ingresos mensuales totales para formar parte de este segmento deben ser menores a $743.697,48.

Pueden contar con hasta un inmueble pero no tener un vehículo con menos de 3 años de antigüedad. La excepción establecida es para aquellos hogares que tengan un conviviente con CUD, se contempla que pueden tener hasta un vehículo con menos de tres años de antigüedad para formar parte del segmento de menores ingresos. También estarán en esta categoría aquellos hogares cuyo integrante cuenten con certificado de vivienda expedido por el Renabap; con pensión vitalicia o se veterano de guerra.

Qué se necesita para solicitar subsidio
Para solicitar el mantenimiento del subsidio de energía y gas es obligatorio hacer la inscripción en el Registro de Acceso a los Subsidios de Energía (Rase). Para ello, las documentaciones requeridas, son: Número de medidor y el número de cliente, servicio, cuenta que están en la factura de energía eléctrica o de poseer gas natural por red. El último ejemplar del DNI; número de CUIL de cada integrante del hogar mayor de 18 años. Dar a conocer los ingresos de bolsillo de cada integrante del hogar mayor de 18 años y brindar una dirección de correo electrónico. Todos estos datos ingresar y completar formulario en: www.argentina.gob.ar/subsidios.

La audiencia que viene
Mediante Boletín Oficial la Secretaría de Energía, Resolución 8/2024, detalló la convocatoria a audiencia pública “a fin de asegurar a los usuarios finales el acceso al consumo básico y esencial de electricidad y gas natural, incluyendo la consideración de los subsidios destinados a aquellos usuarios que carecen de conexión a la red de gas natural”.

Plantea de esta manera que se avanzará con “la readecuación del esquema de subsidios previsto en el Programa Hogares con Garrafa (Hogar) aprobado por el Decreto N° 470 del 30 de marzo de 2015”.

La Audiencia Pública se celebrará virtualmente el día 29 de febrero de 2024, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a partir de las 10, desde la Plataforma “Webex”. En consecuencia, solo requerirán inscripción aquellos que deseen participar en carácter de “oradores”, ya que el resto de los interesados podrán hacerlo vía streaming por el canal de la Secretaría de Energía de la plataforma Youtube.

La dependencia nacional recuerda en la convocatoria que mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 55 del 16 de diciembre de 2023 se declaró la emergencia del Sector Energético Nacional en lo que respecta a los segmentos de generación, transporte y distribución de energía eléctrica bajo jurisdicción federal y de transporte y distribución de gas natural, y se dispuso que la citada declaración y las acciones que de ella deriven, tendrán vigencia hasta el 31 de diciembre de 2024.

Que se instruyó a la Secretaría de Energía a elaborar, poner en vigencia e implementar un programa de acciones necesarias e indispensables, en relación con los segmentos comprendidos en la citada emergencia, con el fin de establecer los mecanismos para la sanción de precios en condiciones de competencia y libre acceso, mantener en términos reales los niveles de ingresos y cubrir las necesidades de inversión, para garantizar la prestación continua de los servicios públicos de transporte y distribución de energía eléctrica y gas natural en condiciones técnicas y económicas adecuadas para los prestadores y los usuarios de todas las categorías.

Añade el escrito oficial que mediante el artículo 177 del Decreto de Necesidad y Urgencia 70 del 20 de diciembre de 2023 se facultó a la Secretaria a redeterminar la estructura de subsidios vigentes a fin de asegurar a los usuarios finales el acceso al consumo básico y esencial de energía eléctrica y gas natural.

“Que se dispuso que el beneficio a establecerse deberá considerar principalmente un porcentaje de los ingresos del grupo conviviente en forma conjunta, que pueda ser destinado al aprovisionamiento de energía eléctrica y gas natural” y que “se estableció que, a los efectos de calcular el costo de los consumos básicos, que se considerarán las tarifas vigentes en cada punto de suministro para implementar la segmentación de la asignación de subsidios a los usuarios de los servicios públicos mencionados”.

Cuestionan régimen de segmentación
En la resolución se recuerdan que en junio de 2022 se estableció un régimen de segmentación de subsidios a usuarios residenciales de los servicios públicos de energía eléctrica y gas natural por red, con vigencia para el bienio 2022/2023. “Que existen diversos regímenes tarifarios especiales, por los que se han establecido beneficios y/o tarifas diferenciadas y/o con un porcentaje subsidiado por el Estado nacional, en función de distintas situaciones relacionadas con la finalidad de las actividades desarrolladas por las entidades usuarias, o con la vulnerabilidad de ciertos usuarios que requieren un tratamiento diferenciado”.

Allí ya adelanta las modificaciones que pretende hacer la Nación. “Con relación a los regímenes de subsidios vigentes, cabe efectuar diversas modificaciones a los fines de redeterminar y reasignar los beneficios propendiendo al uso responsable de los recursos públicos, tomando en cuenta los ingresos reales, regulares y corrientes de un hogar y el abastecimiento de las necesidades básicas cuyo cubrimiento se pretende asegurar mediante el otorgamiento de subsidios”.

Añade que “implicará la consideración de diversos regímenes de beneficios que, en algunos casos, se duplican y confunden al usuario final, y han demostrado no generar señales correctas en el uso de los insumos energéticos alentando el consumo de un bien escaso y, lejos de focalizar el beneficio, lo otorgan en forma generalizada, dejando como opción para la asignación eficiente del recurso la renuncia del propio interesado”.

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