Este lunes, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió a través de una disposición publicada en el Boletín Oficial la comercialización de una miel de abejas.
En la Disposición 2010/2020 estableció que se trata de la “Miel de Abejas, Cri – Sol Apicultura, Peso Neto 1.000 gr, envasada y fraccionada artesanalmente, Chajarí – Entre Ríos, RENAPA W – 1679″.
Tras recibir una denuncia en Chaco, el organismo inició una investigación que demostró que el producto no tiene registros de establecimiento y de producto.
De esta manera, en el comunicaron indicaron que el producto “carece de registros de establecimiento y de producto, resultando ser en consecuencia un producto ilegal”.
Y agregaron que “por tratarse de productos que no pueden ser identificados en forma clara y fehaciente como producidos, elaborados y/o fraccionados en un establecimiento determinado, no podrán ser elaborados en ninguna parte del país, ni comercializados ni expendidos en el territorio de la República”.
La ANMAT justificó la prohibición de comercialización en todo el país ya que, dado el carácter ilegal del producto, “no pueden garantizarse su trazabilidad, sus condiciones de elaboración, su calidad con adecuados niveles de control bajo las condiciones establecidas por la normativa vigente y su inocuidad”.
Por ese motivo, el Departamento de Rectoría en Normativa Alimentaria del Instituto Nacional de Alimentos recomendó prohibir la comercialización en todo el territorio nacional del producto.
(Fuente: Radio Mitre)