sábado, 27 julio, 2024

Jueza de Eldorado envió a debate a imputada por maltrato animal

A “Papo” lo encontraron encerrado en la oscuridad de un pequeño galpón de depósitos de una vivienda. No se podía parar, y los gusanos lo estaban devorando moribundo y hambriento. La única compañía del perro eran pulgas y mugre, no tenía agua, ni ventilación el sitio donde la muerte lo avanzaba.

El caso fue denunciado y la jueza de Instrucción 2 de Eldorado, ahondó en el expediente 132429/2018 y tras recursos y colección de múltiples evidencias y testimonios, dio por clausurada la etapa y elevó la causa a debate oral bajo la imputación a una mujer, propietaria de la vivienda donde confinaron al animal, por los delitos de “malos tratos y actos de crueldad de animales (maltrato y omisión de alimentar)”, previstos por la ley 14.346.

La imputación es como “coautora” de no haber atendido, alimentado y brindado las condiciones necesarias para un animal doméstico o -como sostiene la legislación- no haberlo hecho en “calidad y cantidad suficiente”, con penas que podrían alcanzar al año de prisión y sanciones complementarias.

El caso conmocionó a la provincia por la lucha de veterinarios y rescatistas para que “Papo” logre reponerse. Fue encontrado por un vecino que oyó sus sollozos famélicos. Este hombre rompió el cerrojo y se topó con el animal, que no podía pararse, atado, sin agua y comida. Luego se supo que pasó así cinco meses, que comió sus heces y bebió su orina para sobrevivir.

Se pensó que su muerte era irreversible, pero no fue poca la ayuda por salvarlo y, tras varios meses de curaciones y suplementos específicos, “Papo” fue dado de alta y entregado para guarda a un mecánico y piloto de automovilismo.

Los pasos que restan corresponderán al Tribunal Penal de Eldorado cuando ingrese el expediente y se analice su resolución.

Encuadre legal

La “Ley de Protección Animal” fue promulgada el 27 de octubre de 1954 (Presidencia de Juan Domingo Perón) y en su artículo 1 sostiene: “Será reprimido con prisión de quince días a un año, el que infligiere malos tratos o hiciere víctima de actos de crueldad a los animales”. Serán considerados actos de maltrato, por ejemplo: “No alimentar en cantidad y calidad suficiente a los animales domésticos”.

(Fuente: Primera Edición)

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