martes, 8 octubre, 2024

Cristina Kirchner no será juzgada por enriquecimiento ilícito

La jueza federal María Eugenia Capuchetti resolvió este viernes no reabrir la causa por supuesto enriquecimiento ilícito contra la vicepresidenta Cristina Kirchner, quien fue sobreseída por esos cargos en 2009 por el entonces juez federal Norberto Oyarbide.

“Tendré por desistida su pretensión de nulidad por cosa juzgada fraudulenta y, consecuentemente, estaré a lo resuelto a fs.(fojas) 351/359 toda vez que actualmente no existe ninguna parte acusadora que reclame el resurgimiento de la acción penal”, sostuvo la jueza Capuchetti en el fallo al que accedió Télam.

La decisión llegó después de que la única parte querellante en la causa, la Unidad de Información Financiera (UIF), desistiera del recurso con el cual el mismo organismo había reclamado durante el gobierno de Mauricio Macri que se reabriera la causa.

Al igual que la UIF, la fiscalía a cargo de Eduardo Taiano también desistió de su planteo por lo que Cristina Kirchner no irá a juicio por la denuncia presentada en 2009 por el abogado Enrique Piragini basada en artículos periodísticos que indicaban que la entonces Presidenta de la Nación había incrementado su patrimonio en un 158 % el año anterior de manera injustificada.

A mediados de diciembre de ese mismo año se presentó el informe contable del que participaron los oficiales de la Corte Suprema, María del Carmen Penedo y Alfredo Antonio Peralta, junto con el contador Víctor Alejandro Manzanares propuesto por la defensa. La conclusión fue que el incremento patrimonial de Cristina Kirchner en 2008 estaba debidamente justificado.

Oyarbide sobreseyó no sólo a Cristina Kirchner sino también a su marido, el ex presidente Néstor Kirchner, que también había sido acusado de enriquecimiento ilícito.

Pero una década después el ahora juez retirado declaró en el marco de la llamada causa de los cuadernos que había sido presionado para resolver rápido el expediente de 2009, por lo que la UIF y la Oficina Anticorrupción macristas solicitaron que su decisión fuese declarada “fraudulenta”.

El contador Manzanares también declaró en calidad de “arrepentido” en la causa de los cuadernos y afirmó que había dialogado con el juez Oyarbide sobre cómo debía ser el informe que debía presentar.

Pero la jueza Capuchetti se refirió a la postura de la UIF de que “no existe elemento alguno que permita conmover las sólidas bases sobre las cuales se asienta la cosa juzgada, por lo que mucho menos puede serle predicable el calificativo de írrita o fraudulenta“, y que “queda desierta cualquier hipótesis favorable para su aplicación al caso”.

“La lucha contra los diversos tipos de criminalidad no debe darse sacrificando principios jurídicos básicos; aún en casos como el presente, en donde desde sectores de la opinión pública se intenta persuadir a la justicia a dirigir sus decisiones en un determinado sentido sin que se lleve a cabo un análisis jurídico crítico del caso o, incluso, dejando situaciones procesales inconclusas por largos períodos de tiempo en detrimento de los imputados”, sostuvo en su fallo Capuchetti.

Por eso en su fallo de este viernes la magistrada resolvió que “teniendo en cuenta que ésta causa fue iniciada hace más de 11 años, luce más que oportuno lo afirmado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en cuanto a que si bien el principio de igualdad requiere que el tiempo razonable del proceso y la consiguiente limitación de derechos sean de pareja exigencia por parte de cualquier persona, deben cuidarse especialmente aquellos casos que involucran funcionarios públicos”.

En ese sentido Capuchetti remarcó que “en la sana lucha contra la corrupción y la deseable persecución de los delitos contra la administración pública no es admisible que aquellos principios se perviertan desviándose en un recurso lesivo a la democracia, mediante el sometimiento a una indefinida situación procesal a personas políticamente activas, con el resultado de excluirlas de la lucha política democrática”.

(Fuente: M1)

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *